Las condiciones formales de la persecución individual del Bien: la moralidad subjetiva en las Grundlinien der Philosophie des Rechts de Hegel, §§ 119 - 128

En el siguiente artı́culo, se considera la delimitación que Hegel hace entre la concepción que de la agencia tiene menester el derecho abstracto, compendiada en la noción de "persona", y la concepción de la agencia propia de la moralidad, que Hegel compendı́a en la noción de "sujeto&...

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Main Author: Juan Ormeño Karzulovic
Format: Article
Language:Spanish
Published: Corporación Filosofía y Sociedad 2020-12-01
Series:Mutatis Mutandis: Revista Internacional de Filosofía
Subjects:
Online Access:https://www.revistamutatismutandis.com/index.php/mutatismutandis/article/view/281
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Summary:En el siguiente artı́culo, se considera la delimitación que Hegel hace entre la concepción que de la agencia tiene menester el derecho abstracto, compendiada en la noción de "persona", y la concepción de la agencia propia de la moralidad, que Hegel compendı́a en la noción de "sujeto". Luego, se considera la distinción terminológica que Hegel hace entre "hecho" y "acción". En seguida, se tratará lo que Hegel llama "derecho del saber", por medio del cual Hegel pretende establecer condiciones mı́nimas para la imputación de responsabilidad, y lo que Hegel llama "derecho de la intención", la que especifica mejor el tipo de saber que el agente ha de tener a fin de actuar intencionalmente. Luego, se tratará "el derecho del sujeto a su particularidad", que pretende estabelcer, además de las condiciones formales negativas de la acción intencional, sus condiciones positivas, que incluyen especificación material (bienestar) y los problemas que su consideración aislada y contrapuesta al derecho trae consigo.
ISSN:0719-4773