Empresas y derechos humanos: repensar la agenda de los derechos humanos en la globalización

La globalización, no se reduce únicamente a la relación entre Estados soberanos. Implica un espacio jurídico común, en el que interactúan con organizaciones no gubernamentales y entidades privadas, que repercute en el Derecho Internacional Público y en el Derecho Internacional de los Derechos Humano...

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Main Author: Ramiro Prieto Aguiar
Format: Article
Language:English
Published: PUCPRESS 2024-11-01
Series:Revista de Direito Econômico e Socioambiental
Subjects:
Online Access:https://periodicos.pucpr.br/direitoeconomico/article/view/32120
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Description
Summary:La globalización, no se reduce únicamente a la relación entre Estados soberanos. Implica un espacio jurídico común, en el que interactúan con organizaciones no gubernamentales y entidades privadas, que repercute en el Derecho Internacional Público y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En este escenario, los Estados están obligados a prestar cumplimiento a los derechos humanos en forma individual, y deberán interceder, promover y garantizar el respeto, dentro de su jurisdicción, por todas las personas u entidades privadas que lo integran. Los Principios Rectores de Naciones Unidas en materia de empresas y derechos humanos, se han constituido en un marco normativo global, fungiendo como estándares internacionales de referencia, recogidos por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para analizar el accionar de las corporaciones y evaluar la responsabilidad de los Estados por la violación de derechos humanos por parte de las empresas. Con este panorama, resulta necesario repensar la agenda tradicional de los derechos humanos (que coloca solamente sobre los Estados la obligación específica de respetarlos), extendiendo su margen de acción, hacia todos los integrantes de la colectividad (incluidas las empresas), quienes tienen deberes generales de respeto (recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos vinculantes), poniendo en discusión las reglas de atribución de responsabilidad internacional que colocan al Estado como responsable exclusivo de las violaciones a los derechos humanos.
ISSN:2179-345X
2179-8214